ESTADO ISLAMICO: MENSAJE A LOS GOBIERNOS ILUMINATIS DEL ORDEN MUNDIAL

EL NUEVO ORDEN MUNDIAL OCCIDENTAL Y PAISES ALIADOS ARABES QUIEREN MATAR AL ANTIGUOS ISLAM ,ASI COMO MATARON A LOS INDIOS DE AMERICA Y TODAS LAS CULTURAS ANTIGUAS DE MAS PAISES,QUE AHORA SON ALIADOS DE EE,UU Y RUSIA PRINCIPALES ILUMINATIS.


PARTES DEL ANTIGUO ISLAM

La ciudad islámica es la comunidad de personas que profesan el Islam. Constituye la umma o nación, en la cual cada musulmán se reconoce, independientemente de que viva solo o en grupo y sea ciudadano o campesino, nómade o sedentario. Una interpretación más acotada la define como Dar al-Islam, "morada del Islam" y la limita a los países o grupos urbanos en que rige la ley canónica islámica y se practican sus formas tradicionales de vida.
El Islam, que significa "sumisión a Dios", comprende tres instituciones religiosas fundamentales: el Corán, la Tradición del Profeta (sunna) y las enseñanzas escritas y orales de los juristas. A través del doble testimonio de la fe -"No hay más Dios que el Uno y Único" (Allah); "Mahoma es el mensajero de Dios"-, cuya declaración confiere la condición de musulmán a todo hombre de buena voluntad, el Corán proclama su mensaje esencial, al-tawhid o "Unidad Divina", la cual declara los derechos del Creador por encima de todas las relatividades de nuestra existencia terrena y se realiza en la existencia individual de todo aquel que aproxime lo más posible a Dios sus pensamientos y acciones. Con ese fin se incita a la lectura del Corán, a la invocación de los nombres de Dios y a las prácticas obligatorias de la oración, el ayuno, la limosna y la peregrinación a La Meca, al menos una vez en la vida.
El Profeta, el "elegido" providencialmente para trasmitir a los hombres la ley musulmana (la sari'a), encarnó el modelo de hombre del mundo islámico. La colección de sus dichos y consejos y hasta de sus actos y gestos fue recogida, durante el tercer siglo de la Hégira, en los hadits o "tradiciones", con el fin de facilitar su reproducción y conocimiento por parte de la comunidad de fieles. Ni el Corán ni la Sunna, sin embargo, están elaborados como cuerpos de leyes. Fue labor posterior de los eruditos del Islam la formulación de un sistema jurídico que rige y divide los actos de los creyentes en obligatorios, recomendados, permitidos, condenables y prohibidos, y supone una divergencia entre la jurisprudencia "sunní", que desaprueba la reflexión personal y la evolución o adaptabilidad de la ley, y la "si'i", que las pondera. Una sabiduría que como la musulmana tiende a introducir la dimensión religiosa en todos los aspectos de la vida, toma esta divergencia por diferencias de interpretación que derivan, en última instancia, de la bondad divina. "Los desacuerdos de los sabios -declara uno de sus proverbios- son una merced".

La comunidad establecida en Medina en el siglo I de la Hégira (s.VII n.e.), fue el prototipo de organización institucional -derivada de fines religiosos- que rigió en todas las sociedades tradicionales musulmanas. Llamada inicialmente Yatrib, su nuevo nombre, al-Madina ("la ciudad por excelencia"), designa su condición de centro de la umma y sede de la autoridad y la justicia.
El califa o imán, sucesor del Profeta, unía en su persona la autoridad espiritual y secular y era el jefe supremo de la ciudad. Encargado de crear las condiciones para la aplicación de la ley coránica, de encabezar la Guerra Santa (yihad), organizar el ejército y garantizar la administración y la seguridad de los países bajo su dominio, el califa designaba también, en cada ciudad, a los ministros o visires, a los gobernadores, los comandantes en jefe, los recaudadores de impuestos y hasta al cuerpo de policía (surta) que velaba por el orden y protegía la ciudad de sus enemigos.
La justicia en la sociedad islámica tradicional se derivaba del mandato divino. Hay referencia a un pacto original por medio del cual Dios designó vicarios suyos a los que ejercen la autoridad. A éstos les cabe el deber de proteger a los fieles como a los últimos el deber de obedecer la autoridad. Son afines el ideal de justicia platónico y el del Islam: el orden decretado por Dios sólo prevalecerá allí donde dirijan hombres virtuosos, que unan a su profundo conocimiento de la divinidad una elevada cualidad moral y en cuyas manos está "hacer que los hombres, en esta vida y en este medio disfruten al máximo la felicidad y las delicias de la vida futura por medio de instituciones comunitarias fundadas en la justicia y la confraternidad" (Al-Farabi, s.IV de la Hégira).
Pese a que el ordenamiento jurídico de las ciudades islámicas tradicionales careció de la autonomía local y municipal de que gozaron las ciudades europeas medievales, sus instituciones, orientadas por valores que rechazaban la discriminación por motivos de raza, religión o condición social, propiciaron el elevado grado de integración que fue común en todas las ciudades del mundo musulmán, desde Al-Andalus hasta la India.
Muestra la flexibilidad y la propensión democrática de la jurisprudencia islámica el hecho de que sus juristas aceptaron como fuente de legislación, durante siglos, los hábitos locales de las diversas ciudades.

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